01
Temas y subtemas del fallo
Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto se convoca a AUDIENCIA PUBLICA en el proceso de la referencia y se fija como fecha para llevarla a cabo el día 12 de abril de 2018.
Así mismo, se establece lugar, hora, agenda y metodología a desarrollar.
Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- PRIMERO. Por Secretaría General, cítese a audiencia pública el día doce (12) de abril del año dos mil dieciocho (2018), a las ocho de la mañana (8:00 a.m.), en las instalaciones de la Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia - Palacio de Justicia-, a las personas relacionadas en el considerando 16 de este Auto.
- SEGUNDO. A cada expositor se le concederá el uso de la palabra por un término máximo de diez (10) minutos.
- TERCERO. Cada uno de los expositores presentará un resumen escrito de su intervención a la Secretaría General de esta Corporación.
- CUARTO. Por Secretaría General REMÍTASE el temario incluido en el considerando 17 de este Auto a todos los ciudadanos y funcionarios invitados. La Secretaría General deberá advertir que en la intervención los invitados únicamente podrán tratar algunos de los temas indicados en el temario y que la Corte podrá formular preguntas a partir de cada exposición. De la misma forma, la Secretaría advertirá a los invitados la hora prevista para su intervención.
- QUINTO. PONER A DISPOSICIÓN el expediente en la Secretaría General de esta Corporación durante un término de cinco (5) días hábiles contados a partir de la comunicación del presente auto para su consulta y fotocopia por los citados e invitados a la audiencia pública.
- SEXTO. PUBLICAR esta providencia en el sitio Web de la Corte Constitucional y disponer lo pertinente por la Jefatura de Prensa de esta Corporación para su transmisión por televisión abierta y videoconferencia por Internet. Así mismo, solicitar la colaboración de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura para que publique en su respectiva página Web el contenido de esta providencia.
- SÉPTIMO. CONVOCAR la asistencia de la ciudadanía a la audiencia, previa inscripción al teléfono 3506200, extensión 3631; el plazo máximo de inscripción es el seis (6) de abril de dos mil dieciocho (2018).
- OCTAVO. Proceda la Secretaría General de la Corte Constitucional de conformidad con lo dispuesto en cada uno de los numerales anteriores, acompañando copia integral de este proveído.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.